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La instalación de placas solares en una comunidad de propietarios es algo muy reciente en España, ya que estuvo prohibido durante mucho tiempo por la legislación que lo regulaba. Con la nueva ley de transición ecológica, esta posibilidad se ha vuelto una de las grandes innovaciones en el sector y oportunidades que aprovechar.
¿Cuándo se puede realizar una instalación en una comunidad de propietarios?
En primer lugar se debe considerar las condiciones del tejado. Para que sea posible realizar una instalación el tejado debe reunir dos condiciones: debe ser lo suficientemente amplio para que quepan los módulos fotovoltaicos y debe tener un acceso a la luz solar que no se vea obstaculizado por sombras de objetos u otros edificios.
En segundo lugar, debe considerarse el consenso por parte del resto de propietarios de la comunidad. ¿Deben estar de acuerdo todos los propietarios? No. Se necesita un tercio de los propietarios para que se efectúe la instalación. Aquellos vecinos que no quieran formar parte de la instalación colectiva no están obligados a participar, ni tienen porqué implicarse. Según la LPH el acuerdo debe ir recogido en acta de Junta (extraordinaria) de Propietarios, convocada por petición del presidente o un cuarto del total de los propietarios. El voto podrá ser delegado por escrito, por lo que un dosier con las votaciones de un tercio de los vecinos adjuntado al acta valdrá para dar por aprobada la propuesta.
El proceso seguirá por contactar con la empresa instaladora, en caso de que no se haya hecho ya y la recolección de una serie de datos acerca de la localización del edificio, las condiciones de la azotea, el número de vecinos interesados en participar y sus consumos, número de pisos… para valorar la viabilidad del proyecto y presentar un presupuesto.
¿Cómo se llevará a cabo el reparto de energía?
En un principio queda abierto a la decisión de los vecinos interesados, si se llega a un acuerdo de repartición no hará falta acudir a la ley. Será en caso de que no se llegue a un acuerdo cuando atenderemos a la regulación en donde el reparto se hará según la potencia contratada en cada una de las viviendas. Ésta decisión de reparto podrá cambiarse una sola vez al año, cuando se informe a la comercializadora de tal decisión.
¿Cómo se mide la energía que generamos y consumimos?
Para medir tanto la generación de nuestra instalación como los consumos propios de cada vivienda deberá instalarse un nuevo contador. Este contador medirá la energía generada por la instalación comunitaria fotovoltaica. Ya en el hogar, el consumo que tenga cada vecino será medido por el contador que cada uno tiene instalado en casa. De la diferencia entre la parte proporcional que se haya acordado que toca de la energía generada y la energía consumida se encontrará la cantidad de energía que se va a verter o la cantidad de energía que nos va a compensar.
¿Es rentable una instalación de autoconsumo compartido?
En primer lugar, debemos recordar que la instalación gira en torno al autoconsumo compartido enganchado a la red eléctrica. Lo que significa que en la factura de la luz se verá notable o totalmente reducido el gasto variable (relacionado con la energía consumida), pero siempre se tendrá que hacer frente a los gastos fijos (relacionados con la potencia contratada). Será la comercializadora la que decidirá el precio al que se paga la electricidad y el precio al que la compensa.
Si esta comercializadora es regulada los precios se fijarán oficialmente. En el siguiente enlace se podrá ver cada día su variación (https://bit.ly/2SzwFNQ). No es recomendable pensar que con una instalación sobredimensionada se podrá dejar de pagar por la electricidad o fantasear con hacer negocio con la instalación. Para poder hacerlo se necesita otro tipo de instalaciones que se acogen a otro tipo de regulación.
Autoconsumo compartido en números
En estos momentos llevar a cabo una instalación de estas características es posible, viable y muy rentable. Con la compensación en la factura de la luz se puede recuperar la inversión en aproximadamente 6 años. Lo que implica 19 años restantes de ahorro, responsabilidad y generación de tu propia energía. Se trata de contribuir a una transición energética asequible, de manera conjunta y en manos de las personas.
Paso por paso: el proceso para instalar placas solares en azotea comunitaria
Finalmente, os desarrollamos los pasos a dar en caso de querer realizar una instalación fotovoltaica en tu comunidad de propietarios.
- Descubrir si en mi azotea es viable hacer una instalación para autoconsumo compartido. En este primer paso podemos asesorarte desde Diercol Solar
- Descubrir si mis vecinos estarían de acuerdo en instalar placas solares en la comunidad para autoconsumo compartido: Iniciar conversaciones.
- Explicar a mis vecinos los beneficios de una instalación de paneles solares para autoconsumo. En este paso también puedes contar con Diercol Solar.
- Presentar al presidente y registrar en acta el acuerdo firmado por (mínimo) un tercio de la comunidad.
- Ponernos en contacto con Diercol Solar o la empresa instaladora que pueda hacernos el diseño del proyecto.
- Recopilar datos y facturas y pasarlos a la empresa que se va a encargar del estudio solar o proyecto.
- Acordar y llevar a cabo las visitas necesarias para completar el estudio solar.
- Cierre y presentación del presupuesto.
- Aceptación del presupuesto.
- Fijar cita para comienzo de instalación e instalación de paneles fotovoltaicos o híbridos.
- Presentación del boletín, con legalización y aviso a la comercializadora incluido.
- Empezar a ahorrar en tu factura de la luz a través de la generación y consumo de tu propia energía.